¿Hay prórroga para el uso correcto de la carta de porte?

Fecha de Publicación: 21/02/2022


La prórroga del CFDI y sus complementos no alteran plazos para la obligación del uso del Complemento Carta Porte (CCP), que inició el 1 de enero de 2022. Existe un período en el que su incorrecta emisión no se considerará infracción, que es hasta el 31 de marzo de 2022, pero este plazo no ha sido extendido ni prorrogado.

A través del Primer Anteproyecto de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022, dado a conocer el 18 de febrero de 2022 por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en su página de Internet, se extiende el período en que se puede utilizar el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), en su versión 3.3, hasta el 30 de junio de 2022, dando así dos meses más para el inicio de la obligatoriedad del CFDI en su versión 4.0.

El Resolutorio Tercero de la referida Resolución prevé una modificación al Décimo Séptimo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, publicada en el DOF el 27 de diciembre de 2021, para quedar como sigue:

Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, los contribuyentes obligados a expedir CFDI podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 y para el CFDI que ampara retenciones e información de pagos podrán optar por emitirlos en su versión 1.0, conforme al Anexo 20, publicado en el DOF el 28 de julio de 2017, durante el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2022. Lo anterior también será aplicable a los complementos y complementos concepto, compatibles con dichas versiones.


Como se aprecia, en el artículo proyectado también amplía el plazo para el inicio del uso de la Constancia de Retenciones e Información de Pagos (CRIP) versión 2.0, el Complemento para Recepción de Pagos (CRP) versión 2.0 y el Complemento de Nómina 1.2 en su Revisión "C", también a partir del 1 de julio de 2022.

Lo anterior ha generado algunas confusiones en torno al uso de la carta de porte a través del Complemento Carta Porte (CCP), cuyo uso obligatorio inició el 1 de enero de 2022. Al respecto es importante que se tenga claro que el uso del Complemento Carta Porte (CCP) inició el 1 de enero de 2022 y no hay prórroga para su uso. Si bien existe un período en el que su incorrecta emisión no se considerará infracción, que es hasta el 31 de marzo de 2022, este plazo no ha sido extendido ni prorrogado. Esta facilidad se encuentra en el Cuadragésimo Séptimo Transitorio de la RMF, y esta disposición no ha sido modificada.

Por tanto, los lineamientos y plazos para la correcta emisión del CCP no ha sido modificado y su uso correcto continúa previsto para el 1 de abril de 2022.


Fuente: Fiscalia