En qué casos se usa la clave "02" en la cancelación de CFDI

Fecha de Publicación: 25/01/2022

Ante el nuevo mecanismo para la cancelación de facturas electrónicas o comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI), se debe indicar el motivo de la cancelación del comprobante.

Cabe destacar que esta cancelación aplicará tanto a los CFDI versión 3.3 como a aquellos versión 4.0.

Para indicar el motivo de la cancelación del comprobante se utilizarán las siguientes claves que aplican según el tipo de situación, y con las acciones correctivas que a continuación se esquematizan.


Clave

Motivo

Descripción

Acción

01

Comprobante emitido con errores con relación

Aplica cuando la factura generada contiene un error en la clave del producto, valor unitario, descuento o cualquier otro dato, por lo que se debe reexpedir.

Primero se sustituye la factura y cuando se solicita la cancelación, se incorpora el folio de la factura que sustituye a la cancelada.

02

Comprobante emitido con errores sin relación

Aplica cuando la factura generada contiene un error en la clave del producto, valor unitario, descuento o cualquier otro dato y no se requiera relacionar con otra factura generada.

No hay acción adicional requerida.

03

No se llevó a cabo la operación

Aplica cuando se facturó una operación que no se concreta.

No hay acción adicional requerida.

04

Operación nominativa relacionada en la factura global

Aplica cuando se incluye una venta en la factura global de operaciones con el público en general, y posterior a ello, el cliente solicita su factura nominativa; es decir, a su nombre y RFC.

Se cancela la factura global, se reexpide sin incluir la operación por la que se solicita factura. Se expide la factura nominativa.

Desde que está en marcha este nuevo mecanismo de cancelación diversas dudas han surgido en torno al uso del a clave 02  Comprobante emitido con errores sin relación, la cual el SAT señala que se utiliza cuando ?no se requiera relacionar con otra factura generada?.

La duda surge derivado de que no resulta claro en qué casos o situaciones se puede cancelar una factura y emitir otra sustituyéndola, pero sin que se requiere relacionarla con la factura original.

Se puede pensar que, en los casos en que la operación no se lleva a cabo, es cuando no es necesario emitir otra factura que sustituya a la original, por lo que no se requiere relacionar ninguna otra factura; sin embargo, para este caso en particular, es que existe la clave 03 - No se llevó a cabo la operación.

Para responder a esta pregunta es necesario analizar las preguntas frecuentes del SAT sobre la cancelación de comprobantes


¿En qué casos se deberá seleccionar como motivo de cancelación la opción "02" Comprobante emitido con errores sin relación?

RESPUESTA. -Este supuesto aplica cuando la factura generada contiene un error en la clave del producto, valor unitario, descuento o cualquier otro dato y no se requiera relacionar con otra factura generada.

Como puede apreciarse, esta pregunta no se muy orientativa porque solamente indica que se utilizará esta calves cuando no se requiere relacionar con otra factura generada, pero no es clara con respecto a cuáles serían esos casos, sobre todo, porque la pregunta 2 se plantea el mismo cuestionamiento para el uso de la clave 01 y la repuesta es exactamente la misma, pero indicándose que es cuando se requiera relacionar con otra factura.


Emití una factura con error en el RFC de mi cliente, la cual aún no ha sido entregada al mismo, ¿para cancelarla tendré que relacionarla primero a la factura que la sustituye?

RESPUESTA. - Se podrá realizar la solicitud de cancelación registrando en el apartado motivo de cancelación, la clave "02" Comprobante emitido con errores sin relación.

Posteriormente se deberá emitir el comprobante fiscal con los datos correctos y registrar la clave 04 (Sustitución de las facturas o CFDI previos) relacionando el folio fiscal del comprobante que se sustituye.

En este aso es más claro que, por tratarse de un error en el RF? del cliente, entonces puede no proceder la relación de documentos, puesto que, si bien haría sentido para el emisor relacionar ambos documentos, no tendría el mismo sentido para el receptor el tener una factura relacionada con otra factura anterior que no está a su nombre. Es claro, entonces, que cuando el receptor el documento es distinto, es posible (y probablemente hasta recomendable) no efectuar la relación de los documentos.


Conclusiones

De lo anterior es posible concluir que siempre que haya una cancelación de factura que derive de errores, pero cuyos datos del receptor sean correctos, se utilizará la clave 01 - Comprobante emitido con errores con relación.

Cuando se emita una factura, pero se yerre en el dato del receptor, entonces procederá el uso de la clave 02 - Comprobante emitido con errores sin relación, debido a que no será conveniente relacionar la nueva factura con la factura errada.

Las claves 03 y 04 son casos de uso muy específico y explícito que no requieren mayor análisis.


Fuente: Fiscalia