¿Cuántos días de vacaciones te tocan por año trabajado?

Fecha de Publicación: 11/02/2022

¿Estás por cumplir un año en tu centro laboral pero no sabes cuántos días de vacaciones te corresponden? Es importante que sepas que todos los trabajadores tienen derecho a gozar de un período de vacaciones al año, dependiendo del tiempo que tengas en tu empleo, son los días que te corresponden.

Lo primero que debes saber es que los días de vacaciones son los días de descanso a los que los trabajadores tienen derecho luego de cubrir los requisitos necesarios y que el empleado puede utilizar como mejor le parezca, ya sea para asuntos familiares, irse de viaje, quedarse en casa, etc.


CUÁNTO TE CORRESPONDE DE VACACIONES

El artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, establece que los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios.


1 año laborado
6 días de vacaciones
2 años laborados
8 días de vacaciones
3 años laborados
10 días de vacaciones
4 años laborados
13 días de vacaciones
5 a 9 años laborados
14 días de vacaciones
10 a 14 años laborados
16 días de vacaciones
15 a 19 años laborados
18 días de vacaciones
20 a 24 años laborados
20 días de vacaciones
25 a 29 años laborados
22 días de vacaciones

Hay otros días de descanso que la empresas pueden otorgar a los trabajadores, por ejemplo, durante la Semana Santa, aunque es importante señalar que esos no son reconocidos por la Ley Federal de Trabajo como días de descanso obligatorio. Lo anterior significa que después del primer año, el período de vacaciones debe aumentar dos días por cada año hasta llegar a 12 días. Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.

Los días que sí son obligatorios y que además están marcados por la ley como de descanso, son:

- Año Nuevo: 1 de enero

- Día de la Constitución Mexicana: Primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero

- Natalicio Juárez: Tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo

- Día del trabajo: 1 de mayo

- Independencia de México: 16 de septiembre

- Revolución Mexicana: Tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre

- Protesta del nuevo Presidente: 1 de diciembre de cada seis años

Navidad: 25 de diciembre

En este caso, si te piden que te presentes a tu trabajo alguno de esos días, debes recibir un pago extra por tus servicios, tu sueldo más dos veces el salario, es decir, pago triple. A menos que los trabajadores lleguen a un acuerdo con sus patrones, se debe cumplir lo establecido por la ley.


Fuente: Mi Bolsillo